El ámbito geografico del consejo comunal define con exactitud el espacio físico y radio de acción del consejo comunal, en el se establecen los linderos y se demarcan los sitios que definen los limites, los cuales detallamos a continuación:
Es el territorio que ocupan los habitantes de la comunidad, cuyos límites geográficos se establecen o ratifican en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo con sus particularidades y
considerando la base poblacional de la comunidad
PASEO VIRTUAL POR EL ÁMBITO GEOGRÁFICO
CORTESÍA DE GOOGLE EARTH
Sur: 4ta calle
Este: 5ta Avenida
Oeste: 2da Avenida
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